
El Tribunal Superior de Justicia ha atendido parcialmente los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Provincial en el caso del asesinato de un profesor universitario en Logroño. La pena por el delito de asesinato ha sido reducida de 22 a 18 años de cárcel para el acusado principal.
La sentencia original condenaba a K.M. a 22 años de prisión por asesinato con alevosía, además de otros cargos. También condenaba a L.F.S. por obstrucción a la justicia y encubrimiento. Estas condenas se basaron en la culpabilidad probada de ambos acusados por un jurado popular.
Tras la revisión de la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia consideró que la condena por asesinato debería basarse en el "dolo eventual" y no en el "dolo directo". Se rebajó la pena a 18 años de prisión por la gravedad del hecho.
Además, el tribunal decidió absolver a L.F.S. del delito de encubrimiento, ya que consideró que no se especificó cómo ayudó al acusado principal a abandonar Logroño y dirigirse a Italia. Se argumentó que la estancia en el mismo hotel en Madrid o las llamadas telefónicas no prueban el delito de encubrimiento.
En conclusión, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia ha modificado algunas de las condenas impuestas en el juicio, destacando la reducción de la pena por asesinato y la absolución del delito de encubrimiento para una de las acusadas.
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