
El Juzgado de Primera Instancia de Haro (La Rioja) falló a favor de un cliente representado por el destacado despacho de abogados Arriaga Asociados, condenando a una entidad bancaria a indemnizarle con 12.000 euros, además de las costas, por violar su derecho al honor al incluir indebidamente sus datos personales en el fichero Asnef.
Este caso se trata de una suplantación de identidad conocida como phishing, en la que un tercero abrió un crédito a nombre del cliente, utilizando fraudulentamente sus datos personales. La deuda reclamada provenía de un contrato de préstamo realizado por un tercero que usurpó la identidad del demandante y quedó impagada desde el inicio.
Es frecuente que las personas afectadas descubran la publicación de sus datos en un fichero de morosos al intentar solicitar otro préstamo o al firmar un nuevo contrato.
El perjudicado presentó una denuncia ante las autoridades y posteriormente el despacho de abogados solicitó la eliminación de los datos de su cliente del fichero de morosos Asnef, presentando también la demanda correspondiente por la vulneración del derecho al honor de su cliente.
La jueza del Juzgado de Haro determinó que la entidad bancaria actuó de forma negligente al abrir un contrato de crédito con poca información y escaso control de seguridad, afirmando que: "sin que dicha entidad adoptara las medidas necesarias para evitar la conducta ilícita, causó un perjuicio al individuo cuya identidad fue suplantada, ya que este no celebró contrato alguno con la demandada ni es deudor por impago de las cuotas derivadas de dicho contrato".
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