Crónica La Rioja.

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El TSJR ratifica penas para hermanos que asaltaron banco a mano armada.

El TSJR ratifica penas para hermanos que asaltaron banco a mano armada.

LOGROÑO, 9 de septiembre.

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha ratificado la sentencia de cinco años y medio de prisión dictada por la Audiencia Provincial contra dos hermanos implicados en un atraco con intimidación en un banco, donde emplearon armas. La resolución del Tribunal también recoge agravantes como el uso de disfraz y la reincidencia de los acusados. Además, uno de ellos enfrentará dos años adicionales de cárcel por posesión ilegal de armas, mientras que ambos deberán indemnizar al Banco de Santander con más de 7.192 euros.

Los hechos se remontan al 2 de agosto de 2017, cuando los hermanos accedieron a la oficina del Banco Santander en Navarrete, cubiertos para evitar ser identificados y armados, uno de ellos con una pistola. Durante el atraco, uno de ellos presionó al director de la sucursal para que le entregara dinero, mientras el otro se dirigió al mostrador y se llevó 10.042,51 euros del banco.

En su fuga, después de ser perseguidos por residentes locales, los delincuentes perdieron parte del dinero robado, específicamente 2.850 euros, que fueron recogidos por los ciudadanos y devueltos al banco. La Guardia Civil localizó después el vehículo utilizado por los hermanos en un área cercana y se dirigió al hogar de su hermana, donde le entregaron a los agentes una bolsa que contenía un revólver marca LLAMA, modificado y potencialmente relacionado con el atraco.

La condena se basa en pruebas indiciarias compuestas por ocho elementos que satisfacen los estándares legales, como se menciona en el fallo: “son pruebas múltiples, convergentes y coherentes que se refuerzan mutuamente y que, al considerarse en su conjunto, resultan evidentes”.

El tribunal ha desestimado los argumentos del recurso presentado por uno de los condenados, quien alegaba que hubo un error en la aplicación de los tipos penales y las circunstancias agravantes. El TSJR sostiene que el recurso no es autónomo y depende de una modificación de los hechos probados en la sentencia anterior, lo que no se ha demostrado.

Por lo tanto, la Sala confirma la sentencia original, declarando que es razonable y fundamentada. No obstante, esta decisión no es definitiva, ya que puede ser apelada ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.