Crónica La Rioja.

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Fiscal solicita tres años de prisión para hombre que estafó a socio en agrícola compartida.

Fiscal solicita tres años de prisión para hombre que estafó a socio en agrícola compartida.

LOGROÑO, 10 de mayo.

La Fiscalía ha solicitado una pena de tres años de prisión para L.C.G., acusado de cometer un delito de apropiación indebida. Según las alegaciones, el imputado habría engañado a su socio en una sociedad agrícola que ambos habían fundado. Además, la acusación también exige que el procesado pague una multa de 2.700 euros y una indemnización que supera los 130.000 euros.

El juicio está fijado para el 12 de mayo a las 10:00 horas en la Audiencia Provincial. De acuerdo con los documentos a los que ha accedido Europa Press, en 2012 L.C.G. y su socio, ambos residentes en Casalarreina, decidieron iniciar una comunidad de bienes de manera verbal. Cada uno aportó bienes y derechos y adquirieron maquinaria con el propósito de llevar a cabo una actividad agrícola conjunta.

Ambos acordaron dividir de manera equitativa tanto los beneficios como los gastos derivados de su trabajo, aunque L.C.G. asumió principalmente las responsabilidades financieras y administrativas, mientras que su socio se encargó de las labores agrícolas esenciales.

Para gestionar sus finanzas, abrieron una cuenta conjunta donde ambos figuraban inicialmente como titulares, aunque posteriormente se cambiaron las condiciones y L.C.G. fue el único autorizado para manejarla. El propósito era que ambos pudieran realizar costos, ingresos y retirar las ganancias de manera pactada.

En 2014, L.C.G. alegó no tener liquidez, lo que llevó a su socio a solicitar un préstamo de 50.000 euros, que se depositó en la cuenta en dos transferencias de 25.000 euros cada una. Sin embargo, en 2016, el acuerdo verbal se rompió por desacuerdos, acordándose disolver la comunidad al finalizar la cosecha de adormidera y remolacha, y era necesario liquidar las cuentas y repartir los bienes de la actividad agrícola.

Durante este proceso de liquidación, el denunciante notó que la cuenta conjunta había registrado múltiples transferencias que L.C.G. había realizado a una empresa de la que era socio y administrador, así como transacciones personales sin justificación, todas sin respaldo y que superaban sus aportaciones iniciales.

Un informe pericial reveló que el socio había ingresado un total de 142.630,76 euros en la cuenta conjunta, recibiendo a cambio solo 20.137,75 euros. Esto colocaba su saldo a favor en 122.493,01 euros. En contraste, L.C.G. había realizado ingresos y reintegros que dejaron su saldo a favor en 27.941,36 euros, siendo los movimientos con la empresa asociados un saldo favorable de 51.090,65 euros, sin contar otros ingresos y reintegros sin clasificar de ambos.

El impacto financiero sobre el denunciante fue notablemente más grave que el del acusado, quien reclama un total de 37.978,14 euros, que representa la mitad de la diferencia de ingresos y reintegros según lo cuantificado por él. Aunque se había acordado que ambos contribuirían al 50% con maquinaria, al momento de la disolución, L.C.G. no devolvió parte de ella ni su equivalente en dinero, por un valor total de 91.150 euros, de los cuales se reclama la mitad, es decir, 45.575 euros.

Finalmente, a pesar de las aportaciones comunes y el acuerdo existente, L.C.G. ingresó en su cuenta personal los beneficios obtenidos de las cosechas de remolacha y adormidera, generando ingresos por 59.551,26 y 26.714,31 euros respectivamente. El perjudicado busca recuperar la mitad de estas cantidades, que suma 43.133,07 euros.

Por tanto, el denunciante exige una compensación total de 130.235,21 euros, que incluye el valor de la maquinaria no devuelta, las cosechas mencionadas y las transferencias no autorizadas realizadas por L.C.G. desde la cuenta común a su cuenta personal o a su empresa.

La Fiscalía considera que estos hechos representan un claro caso de apropiación indebida, y por ello imputan al acusado como el responsable criminal del delito. Aparte de la pena de tres años de prisión, se pide que pague la multa de 2.700 euros y la indemnización correspondiente al denunciante por un total de 130.235,21 euros.