Crónica La Rioja.

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La Rioja acepta el incremento de compensación para las bebés cambiadas en 2002; se considera un acto de justicia.

La Rioja acepta el incremento de compensación para las bebés cambiadas en 2002; se considera un acto de justicia.

LOGROÑO, 23 de diciembre. El Gobierno de La Rioja ha manifestado su aceptación de la reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR), que ha estipulado una compensación de 975.000 euros por el lamentable caso del intercambio de dos bebés en el Hospital San Millán en 2002. Según han indicado, se trata de un paso necesario para reconocer el daño moral que han sufrido las víctimas de esta situación tan delicada.

El portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Domínguez, proporcionó comentarios a los medios, subrayando que, en su momento, se había fijado una indemnización considerable para las afectadas, que ascendía a 850.000 euros. Sin embargo, el juez ha decidido aumentar esta cantidad tras un recurso, justificando que la situación ha conllevado un mayor sufrimiento moral para las involucradas.

Domínguez enfatizó que “asumimos y respetamos la sentencia porque es necesario rendir justicia en casos tan sensibles y complejos”. A su juicio, es fundamental que se reconozcan los daños emocionales ocasionados por el desfase temporal vivido por las familias afectadas.

Recientemente, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR tomó la decisión de revisar y modificar el acuerdo del Consejo de Gobierno, que había establecido la compensación anterior. En este sentido, destacó que la parte demandante solicitaba una suma de 3.005.060 euros, pero la Corte decidió elevar el monto a 975.000 euros, aceptando parcialmente el recurso presentado por una de las niñas afectadas.

La sentencia dictada subraya que la decisión de aumentar la indemnización se basa en el daño emocional sufridos por la menor, resultado de la falta de convivencia con su familia biológica y la angustia derivada de descubrir su error de filiación.

Adicionalmente, el Tribunal destacó que la prematura muerte de la madre biológica antes de que la niña pudiera conocer su verdadera identidad fue un factor relevante, ya que imposibilitó el restablecimiento del vínculo materno. También se tuvo en cuenta la situación de desamparo en la que se encontraba la menor, que fue acogida por su abuela materna durante su infancia, lo que se traduce en un sufrimiento moral significativo.

Los magistrados concluyeron que estos elementos, que no habían sido considerados previamente, deben reflejarse en el cálculo del daño moral, lo que llevó a la condena solidaria de la Comunidad Autónoma y su aseguradora a abonar la cantidad de 125.000 euros adicionales.

Cabe recordar que este caso fue resultado de un intercambio de bebés en el entorno neonatal del Hospital San Millán, donde ambas niñas fueron entregadas a familias equivocadas tras su nacimiento. Esta situación se extendió hasta 2021, año en el que se confirmó judicialmente la filiación correcta de cada una de ellas.

Por último, es importante señalar que esta sentencia no es definitiva y puede ser objeto de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.