El próximo lunes, 13 de enero, a las 10:00 horas, se llevará a cabo un juicio importante en la Audiencia Provincial de La Rioja que ha llamado la atención de la comunidad local.
LOGROÑO, 11 Ene.
El Ministerio Público ha solicitado una pena de seis años y seis meses de prisión para un empresario acusado de múltiples delitos, entre ellos estafa, apropiación indebida y delitos societarios. El acusado, según el Fiscal, utilizó a un tercero como gerente de una de sus farmacias bajo falsedades, haciéndole asumir gastos y préstamos que no le correspondían. Las acusaciones también incluyen la manipulación de sus propias empresas, la acumulación de deudas sin pagar y el desvío indebido de fondos.
Además de la prisión, la Fiscalía ha pedido que el empresario indemnice a la víctima con más de 313.000 euros como compensación por los daños causados a raíz de sus acciones ilícitas.
De acuerdo con el documento del Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, identificado como J.I.F., es un empresario de más de edad que no tiene antecedentes penales. Desde el año 2010, ha estado involucrado en el sector farmacéutico y sanitario. Durante ese tiempo, ofreció a un farmacéutico, J.A.Y., la oportunidad de convertirse en gerente de su farmacia ubicada en un centro comercial de Logroño, prometiéndole que en el futuro podría adquirir una participación en el negocio.
Luego de aceptar este ofrecimiento, la víctima se encargó de la operación cotidiana de la farmacia, aunque no tenía acceso a la contabilidad ni a la gestión de cobros y pagos. En marzo de 2011, el acusado propuso a la víctima asociarse mediante una participación del 25% en el negocio, presentando un plan de negocio que la víctima consideró una excelente oportunidad.
Ambos constituyeron una sociedad civil y una empresa mercantil para llevar a cabo la actividad farmacéutica. Sin embargo, el Fiscal detalla que mientras la víctima operaba como único gerente, el acusado asumió el control de la gerencia de manera diaria, pese a que se había reservado un papel de "asistencia".
Una vez que esta sociedad se estableció, el acusado empezó a utilizar buena parte de los ingresos obtenidos para cancelar deudas relacionadas con operaciones previas. En mayo de 2011, el empresario notificó a la víctima sobre la existencia de una deuda de 69.006,44 euros, de la cual 199.692,06 euros habían sido reconocidos de forma extrajudicial.
Ante esta situación, la víctima firmó un contrato el 1 de junio de 2011, aceptando asumir solidariamente dicha deuda personal del acusado mediante un nuevo crédito.
Poco después, el acusado informó a J.A.Y. sobre la existencia de otra deuda personal contraída antes de formalizar la compraventa, relacionada con préstamos para financiar suministros y equipos. Dado que el acusado carecía de garantías que presentar, la víctima se vio forzada a aceptar la firma de una prenda sobre el préstamo.
Con el tiempo, el acusado, aprovechándose de su posición como administrador y socio mayoritario, realizó operaciones perjudiciales para la sociedad y en beneficio personal, facturando para diferentes empresas que resultaron en un detrimento de los fondos comunes.
Según las acusaciones, las pérdidas económicas ocasionadas a la víctima por estas maniobras ascienden a 34.124,82 euros.
A medida que avanzaba la situación, varias de las empresas del acusado comenzaron a enfrentar problemas financieros significativos, llevando a la solicitud de concursos de acreedores debido a la crisis económica en el entorno. En este contexto, el acusado empezó a retirar fondos de las empresas para resolver necesidades personales y cubrir los problemas financieros de sus negocios, descuidando así las deudas generadas por estas actividades.
Como resultado de todo lo anterior, la víctima notificó formalmente al acusado a través de su abogado, advirtiéndole sobre la posibilidad de emprender acciones legales si continuaba con sus actividades que perjudicaban el negocio común.
Un informe pericial proporcionado por la víctima estima que los daños ocasionados por el acusado suman en total 313.776,98 euros.
El Fiscal considera que los hechos constituyen delitos de estafa, societarios y apropiación indebida, y propone que se imponga una pena de dos años de prisión por cada uno de los dos primeros delitos y un total de dos años y seis meses por el de apropiación indebida.
En conclusión, se exige que el acusado indemnice a la víctima con la cantidad de 313.776,98 euros por los daños sufridos debido a su conducta deshonesta.
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