La defensa no entiende cómo su cliente "pudo dar de beber al fallecido, contra su voluntad, un vaso completo sin dejar huellas"
LOGROÑO, 11 Mar.
El Fiscal en el caso del juicio contra un hombre acusado de envenenar presuntamente con líquido desatascador a la persona que cuidaba ha reafirmado su informe asegurando que "la víctima no tenía ninguna intención de quitarse la vida".
Además asegura que es imposible que, en las condiciones de la víctima, tras sufrir el ictus, "pudiera coger la botella, que estaba alejada de su sofá, tomar las pastillas, abrirla, tomarse el líquido desatascador y cerrarla". La tesis del suicidio "no se da" y fue el acusado quien "le acercó el vaso. Fue un trago, una cantidad mínima pero la justa para matarle".
"La víctima no tenía ningún motivo para suicidarse y la única persona que obtenía un beneficio con su muerte fue el ahora acusado, para heredar su herencia", ha añadido.
Por su parte, la defensa reitera que fue un suicidio y, entre las pruebas recuerda, que fue el propio procesado quien el día de los hechos "llamó al 112 y 061, en vez de irse a su casa tras el suceso". Además ha destacado la buena relación que relataron muchos de los testigos entre víctima y acusado. "Mi defendido no tuvo nada que ver con su muerte".
En el sexto día del juicio contra un hombre acusado por presuntamente envenenar con líquido desatascador a un anciano de 82 años, el Fiscal cree que "los escritos que aparecieron esa noche en el domicilio no son los propios de un suicida. El escrito está a dictado del acusado".
Además, ha indicado, "si fuera una carta de un suicida, la víctima le hubiera hecho un escrito diciendo que el acusado no tenía nada que ver con su muerte".
Como ha querido recordar al jurado popular, la muerte de la víctima "fue absolutamente dolorosa y terrible. ¿Creen que alguien intentaría suicidarse de esa manera? Fue él -él acusado- quien le facilitó el vaso". Concluye el Fiscal que, además, tras el informe forense, "pasó mucho tiempo desde que se tomó el desatascador hasta que se produjo la llamada de emergencias".
Este lunes se celebra la sexta sesión del juicio contra A.V.M, de 46 años y sin antecedentes penales, que se celebra por jurado popular ante un delito de asesinato con alevosía, al envenenar presuntamente -en agosto de 2020- a la persona que cuidaba, un hombre impedido de 82 años, con un líquido desatascador. Además, el Fiscal le reclama una indemnización de 300.000 euros.
En la sesión de este lunes, el Fiscal ha solicitado también añadir la nulidad del testamento de fecha de 17 de julio de 2020.
El Fiscal ha defendido su informe ratificándose y recordando que el acusado es "la única persona que obtenía un beneficio directo y objetivo cuando la víctima muriera". Además ha incidido en "la ausencia de propósito suicida en el ánimo de la víctima. Si yo otorgo testamento a favor de otra persona a cambio de que me cuide, ¿qué intención tengo yo de morirme?", ha preguntado el Fiscal.
Además, víctima y acusado "no tenían relación desde hace tantos años" como han indicado en el juicio. Para eso se refiere, entre otras pruebas, al teléfono móvil en el que "todas las llamadas se producen siempre del teléfono de la víctima al acusado. Quiere aparentar que tenía una relación de toda la vida pero no era así".
También se ha referido a la extracción de dinero de la cuenta de la víctima. "Todas ellas se ve a la víctima en silla de ruedas, con esto queremos acreditar que en las fechas posteriores al ictus, la víctima es una persona que no se puede mover por sí misma".
Sobre la noche de los hechos, los sanitarios relatan que la víctima "estaba grave y que daba la sensación de que lo estaba desde hacía horas". También "que la botella estaba encima de la mesa del centro, alejada y cerrada". También ha querido destacar "la ausencia de cualquier sentimiento de pesadumbre en el acusado".
Por su parte, la defensa ha indicado que todo lo mostrado por el fiscal son "sospechas y chismorreos". Además, para explicar su teoría, indica, "se ha visto que el acusado llamó al 112 y al 061 la noche de los hechos pero se podía haber ido a su casa perfectamente para asegurarse el plan y no lo hizo".
"Se dice que -la víctima- estaba incapacitado para andar y ponen en tela de juicio a ciertos testigos, incluso al notario, pero el acusado cuidaba bien a la víctima y ha querido preguntar al jurado: ¿Cómo va a utilizar el acusado ese líquido para matarle, pudiera haber utilizado otra cosa más sibilina".
Para la defensa, los hechos acreditados "determinantes" son, por un lado, "el carácter y forma de ser de la víctima, difícil de coaccionar. Es difícil que el fallecido estuviera atemorizado por nadie".
Además, los testigos afirman que el ahora acusado "lo cuidaba de forma impecable" y no es cierto que el acusado diga que llevaba 12 años con relación con la víctima sino que "se conocían del barrio" desde ese tiempo.
Según la defensa, la víctima tras ver cómo le cuidaba, "fue al notario una vez, pero no cumplió su palabra, primero quitó a los sobrinos pero no nombró al acusado heredero" pero después "tras el ictus, ve cómo le cuida y ya sí le nombra heredero".
"Hablan de amenazas pero nadie notó nada raro ni en el hospital -donde se ingresó a la víctima tras el ictus- ni los médicos del centro de salud de Gonzalo de Berceo, ni de la trabajadora social e incluso dijeron que la víctima no quiso iniciar los trámites de dependencia porque le dijo que tenía un cuidador y que se sentía bien atendido".
Además, ha recordado al jurado popular, el notario "dijo con rotundidad que no estaba coaccionado y sabía lo que estaba firmando" -cuando fue a nombrar al ahora acusado heredero de sus bienes- y hasta a la Policía que llegó el día de los hechos "les llamó la atención lo limpia que estaba la casa, igual el acusado lo estaba haciendo muy bien".
La defensa no da tampoco veracidad a la declaración del sobrino porque "tiene un claro interés económico". A lo largo del juicio queda acreditado que "en el ictus no hubo ni una secuela permanente".
Sobre el líquido desatascador, indica, "no hay duda de que el desatascador estaba en el vaso". En la autopsia "se dice que murió por la toma de ácido sulfúrico pero es importante señalar que en el cuerpo del fallecido no hay signos de lucha o defensa".
El ácido genera "quemaduras" con el contacto inmediato con el cuerpo "por pequeño que fuera" y las únicas lesiones por quemaduras del cadáver "fue solo en los labios". Además, ha recordado, la forense "dijo que una persona sola podría haber cogido el vaso y bebérselo".
Además, reitera y deja claro que en el cuerpo de la víctima "no hay huellas de lucha" pero lo cierto es que "no se podía manejar a la víctima a su antojo, por el carácter difícil que tenía, si alguien quiso darle a la fuerza ya no solo el ácido sino las pastillas de Noctamid antes, si la víctima se opusiera no lo hubiera conseguido".
Con estos datos "no podemos pensar cómo mi defendido pudo dar de beber al fallecido contra su voluntad un vaso completo sin que quedasen huellas. Es imposible, porque lo debería haber hecho con mucha precisión para no derramar ni una sola gota. Cualquier derrame hubiera dejado marcas".
Sobre las cartas, indica, "decir que no son de suicidio nos parece fuera de lugar. Se descarta que haya sido el acusado quien las haya escrito". Con todo ello, indica, "si no le hubiera dejado la herencia y si estuviera cobrando por nómina, no estaríamos hoy aquí".
Finalmente y, sobre que no tenía sensación de culpabilidad, recuerda que "el momento fue de mucha tensión y llamó a los sanitarios ¿qué tiene que hacer una persona para mostrarse nervioso?".
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