Crónica La Rioja.

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Condenan a un año de cárcel a estafador que robó 3.000 euros a sus propios familiares.

Condenan a un año de cárcel a estafador que robó 3.000 euros a sus propios familiares.

LOGROÑO, 25 de marzo. Un hombre ha sido condenado a un año de prisión tras aceptar su culpabilidad en un caso de estafa que le permitió apropiarse de 3.000 euros pertenecientes a familiares. La sentencia se desglosa en seis meses por el delito de estafa y otros seis por falsedad documental, este último complementado con una multa de 720 euros.

El veredicto se dio a conocer durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial, el cual concluyó con un acuerdo entre las partes implicadas. La Fiscalía había pedido una pena total de dos años, argumentando que el acusado había manipulado la confianza de sus víctimas, una de ellas de avanzada edad y otra con discapacidad intelectual.

El autor de la estafa, identificado como A.P.A., es cuñado de una de las víctimas, J.G.I., y pariente cercana de A.I.M. A.P.A. necesitaba financiar la instalación de nuevas ventanas en su vivienda en Logroño, y se acercó a una empresa local que le proporcionó un presupuesto de 3.000 euros. Aparentemente sin fondos para cubrir el coste, decidió urdir un plan para conseguir dinero de sus familiares.

Con el fin de obtener los datos bancarios y documentos de identidad de sus víctimas, A.P.A. se aprovechó de la vulnerabilidad de A.I.M. y de J.G.I., quien padece un trastorno de inteligencia límite. Para ello, engañó a J.G.I. haciéndole creer que un conocido le obsequiaría un teléfono móvil de última generación, condición que requería de su identificación y la documentación de su madre.

Convencida por el engaño, J.G.I. le proporcionó los documentos necesarios, lo que A.P.A. utilizó para firmar un contrato de préstamo con un banco, el 27 de enero de 2016, haciéndose pasar por sus familiares. Sin embargo, la instalación de las ventanas nunca se realizó y el dinero fue desviado a su beneficio personal.

Más tarde, el banco comenzó a remitir las cuotas del préstamo a la cuenta de A.I.M. y sus hijas, quienes rápidamente se dieron cuenta del fraude y devolvieron los pagos, ya que no habían dado su consentimiento para ningún tipo de contrato. La acción del acusado fue calificada por el fiscal como un uso ilícito de documentos mercantiles para cometer una estafa, reclamando que no existían circunstancias que mitigaran su responsabilidad penal.

La Fiscalía presentó cargos sólidos, argumentando que la conducta del acusado incurría en un delito de falsedad documental utilizado como herramienta para perpetrar el fraude, lo que resultó en la actual sentencia de un año de prisión por estafa y otro año por falsedad documental.